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Votaciones · Art. 17 LPH

¿Sale aprobado el acuerdo en la junta?

Cada tipo de acuerdo exige una mayoría distinta y casi siempre se cuenta dos veces: por número de propietarios y por cuotas. Introduce el resultado de la votación.

Respuesta rápida

La mayoría de los acuerdos exige el voto favorable de la mayoría de propietarios que además representen la mayoría de las cuotas. Las mejoras no obligatorias y la limitación de pisos turísticos necesitan tres quintos; las instalaciones comunes de telecomunicaciones o energías renovables, un tercio; y modificar el título constitutivo o los estatutos, unanimidad.

Calculadora

ResultadoVotación de ejemplo
Acuerdo
—
Exige—
Propietarios a favor—

Mayorías según el tipo de acuerdo

AcuerdoMayoría necesariaArtículo
Ascensor y supresión de barrerasMayoría de propietarios y de cuotas17.2
Eficiencia energética (hasta 12 mensualidades)Mayoría de propietarios y de cuotas17.2
Mejoras no obligatorias3/5 de propietarios y de cuotas17.4
Portería, vigilancia y servicios comunes3/5 de propietarios y de cuotas17.3
Telecomunicaciones y renovables comunes1/3 de propietarios y de cuotas17.1
Limitar pisos turísticos3/5 de propietarios y de cuotas17.12
Título constitutivo o estatutosUnanimidad17.6
Resto de acuerdosMayoría de propietarios y de cuotas17.7
Ejemplo resuelto

Una comunidad de 10 propietarios vota instalar placas solares para autoconsumo colectivo. Votan a favor 4 propietarios que suman el 38 % de las cuotas.

  1. Es una instalación común de energía renovable: basta un tercio de propietarios y un tercio de cuotas.
  2. Propietarios: 4 ÷ 10 = 40 %, por encima del 33,3 %.
  3. Cuotas: 38 %, también por encima.

El acuerdo sale aprobado, pero quienes no votaron a favor no pagan la instalación ni el mantenimiento.

La doble mayoría

Casi todos los acuerdos se miden dos veces: por número de propietarios y por cuotas de participación. Un acuerdo con el apoyo de siete de diez vecinos puede fracasar si esos siete tienen los pisos pequeños y no llegan a la mitad de las cuotas. También ocurre lo contrario: dos áticos grandes no bastan sin el apoyo de suficientes propietarios.

Quién paga si votaste en contra

En las mejoras no exigibles, si la cuota de instalación supera tres mensualidades ordinarias, el disidente no está obligado a pagarla y no se modifica su cuota art. 17.4. Puede sumarse después pagando su parte actualizada con el interés legal. En telecomunicaciones y renovables comunes, quien no votó a favor no paga ni la instalación ni el mantenimiento art. 17.1. En accesibilidad, conservación y eficiencia energética dentro del límite legal, pagan todos.

Cómo impugnar un acuerdo

Si crees que un acuerdo es contrario a la ley o a los estatutos, o te perjudica gravemente sin obligación de soportarlo, puedes impugnarlo en el juzgado en tres meses, o en un año si es contrario a la ley o a los estatutos art. 18. Calcula las fechas exactas en la calculadora de plazos.

Preguntas frecuentes

¿Cuentan los votos de los que no fueron a la junta?

Sí, en muchos acuerdos. Si un propietario ausente no comunica su discrepancia en los 30 días naturales siguientes a recibir el acta, su voto se computa a favor. Por eso un acuerdo puede no estar decidido el mismo día de la junta.

¿Pueden votar los morosos?

Pueden asistir y opinar, pero no votar si no están al corriente de las deudas vencidas, salvo que las hayan impugnado judicialmente o consignado. Su cuota tampoco cuenta para calcular las mayorías.

¿Qué pasa en segunda convocatoria?

Para los acuerdos que no tienen una mayoría especial, basta la mayoría de los asistentes siempre que represente más de la mitad del valor de las cuotas de los presentes. Las mayorías reforzadas (tres quintos, unanimidad) se siguen calculando sobre el total.

¿Hace falta votar las obras de conservación?

No. Las obras necesarias para mantener el edificio en buen estado son obligatorias y no requieren acuerdo previo. La junta solo decide cómo se reparte su coste.

¿Pagan una mejora quienes votaron en contra?

En las mejoras no exigibles, si la cuota de instalación supera tres mensualidades ordinarias, quien votó en contra no está obligado a pagarla. En accesibilidad y eficiencia energética dentro del límite legal, pagan todos.

¿Puede la comunidad prohibir los pisos turísticos?

Puede limitar o condicionar la actividad de alquiler turístico, y fijar cuotas especiales o un incremento de hasta el 20 % en los gastos comunes para esas viviendas, con tres quintos de propietarios que representen tres quintos de las cuotas. Estos acuerdos no son retroactivos.

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Fuentes. Última revisión: 14 de octubre de 2026.